¿Nos hemos acostumbrado al ruido?

El RUIDO se ha convertido en parte de nuestro día a día, lo podemos encontrar en nuestro domicilio a la hora de pasar la aspiradora, en el tráfico de la calle, fábricas, pero estos ruidos suelen ser intermitentes, pero ¿qué ocurre si el ruido es parte de nuestra vida de forma constante?

En base a la definición proporcionada por el INSST ruido sería “todo sonido peligroso, molesto, inútil o desagradable” entendiéndose como sonido “el fenómeno físico que provoca las sensaciones propias del sentido humano de la audición”. El ruido es un conjunto de sonidos y se define por las mismas características que corresponden al sonido:

  • La amplitud del sonido es definida por la presión, la intensidad y la potencia acústica.
  • La frecuencia del sonido se define como el número de veces que la onda sonora adquiere el mismo valor por unidad de tiempo. Se expresa en ciclos, hercios (Hz). La frecuencia determina el tono del sonido. Los sonidos graves o de baja frecuencia son los que se repiten poco en el tiempo como por ejemplo un trueno o la bocina de un camión. Los sonidos agudos o de alta frecuencia se repiten más en el tiempo, por ejemplo, el producido por un silbato.
  • La intensidad corresponde a la fuerza de la vibración, de la alteración que se produce en el aire; se mide en decibelios (dB).

Pero, ¿qué consecuencias puede producirnos el ruido?

La consecuencia más grave que podemos sufrir a largo plazo es la pérdida de capacidad auditiva permanente, también conocido como hipoacusia producida por largas exposiciones al ruido, pero también podemos sufrir fatiga auditiva que se traduce en la pérdida temporal de la capacidad auditiva debido a exposición a niveles elevados de ruido y que se recupera con el descanso sonoro, cuando no se han producido lesiones del nervio auditivo.

Para entenderlo aún mejor, veamos las partes de nuestros oídos para ver como nos afecta:

El oído está formado por un conjunto de órganos cuya finalidad es la percepción de los sonidos. Se compone de tres partes: oído externo u oreja, oído medio y oído interno.

La oreja incluye el pabellón auricular y el conducto auditivo externo, que actúa como receptor captando las ondas sonoras y conduciéndolas hasta que impactan en el tímpano.

El oído medio está formado por la cavidad que se encuentra al otro lado de la membrana timpánica, donde se sitúan los huesecillos auditivos (martillo, yunque y estribo) que forman una cadena entre la membrana timpánica (área exterior) y la ventana oval (hacia el interior, limitando con la oreja interna).

El oído interno se encuentra en el interior del hueso temporal, en la zona denominada peñón del temporal.

El caracol es el órgano específico de la audición. Incluye un saco membranoso envuelto por una cubierta ósea que se presenta enrollada sobre ella misma en forma de espiral. A lo largo de toda la longitud se divide en dos pisos o rampas que se desarrollan en paralelo en el interior del hueso temporal. La rampa superior es la rampa vestibular y la inferior, la rampa timpánica.

El órgano de Corti es donde se encuentran las células ciliadas externas e internas, que son las células sensoriales auditivas. En este grupo son fundamentales las células ciliadas internas, responsables de la traducción del estímulo acústico. Tienen unas terminaciones nerviosas que constituyen el nervio auditivo y se dirigen al tronco encefálico y al lóbulo temporal del cerebro, que es el área de la corteza cerebral responsable de la percepción de los estímulos acústicos.

Por ello, a mayor intensidad, frecuencia y amplitud de la onda, afectará más a las partes internas de nuestro oído provocando que el daño sea de mayor y así sea más difícil su recuperación.

¿Cuáles son las profesiones más afectadas? Las profesiones relativas al sector de industria o construcción son las más afectadas, pero también encontramos afectadas profesiones como músico, profesor, o de oficina.

Para evitar y disminuir sus consecuencias, la prevención de riesgos laborales actúa desarrollando un Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. En él se detallan las siguientes obligaciones.

– Eliminar en origen los riesgos derivados de la exposición al ruido o reducirlos al nivel más bajo posible mediante la adopción de las medidas técnicas generales de prevención necesarias para reducir al mínimo la exposición de los trabajadores al ruido (art. 4).

– Asegurar que la exposición de ningún trabajador sea superior al valor límite de exposición LAeq,d = 87 dB(A) y Lpic = 140 dB(C) y adoptar inmediatamente las medidas necesarias en caso de que se superen (art. 5 y 8).

– Realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a los que los trabajadores están expuestos (art. 6).

– Proporcionar los equipos de protección individual convenientes cuando sean necesarios y velar por su uso adecuado (art. 7).

– Garantizar formación e información apropiadas y suficientes a los trabajadores (art. 9).

– Garantizar el derecho de consulta y participación de los trabajadores que establece el art. 18.2 de la Ley 31/1995 (art.10).

– Garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores con relación a los riesgos por exposición al ruido (art. 11).

Para poder calcular cómodamente esta exposición a ruido puedes hacerlo aquí

¿Qué hay que hacer y cómo? Lo ideal es reducir los riesgos en el origen (foco), disminuir el nivel de presión acústica en el ambiente desde el origen hasta al receptor (transmisión) y disminuir el nivel de presión acústica en el trabajador (receptor).

Si ello no fuese posible o no fuese suficiente, debemos acudir a las protecciones individuales (EPI). El Real Decreto 286/2006 establece la obligatoriedad de uso del protector auditivo cuando se superan los valores superiores de exposición: LAeq,d = 85 dB(A) y Lpic= 137 dB(C). Sin embargo la empresa tiene que poner a disposición de los trabajadores protectores auditivos cuando los niveles de ruido sean superiores a los valores inferiores de exposición: LAeq,d = 80 dB(A) y Lpic = 135 dB(C), respectivamente.

Existen dos tipos de protectores:

  1. OREJERAS: Cascos que cubren las orejas y que se adaptan a la cabeza mediante unas almohadillas blandas, generalmente rellenas de espuma plástica o líquido. Están unidos entre sí por un arnés de metal o plástico, y a veces se fija a cada casco o al arnés una cinta flexible que sostiene los cascos cuando el arnés se coloca en la nuca o por debajo de la barbilla.
  2. TAPONES: Protectores auditivos que se introducen en el canal auditivo o se colocan sobre el pabellón auditivo, destinados a bloquear la entrada. Pueden ser moldeables, pre moldeables, personalizados o llevar arnés.

Todo esto es eficaz para proteger nuestra salud ya que los problemas auditivos pueden tener consecuencias a nivel motor produciendo contracturas musculares de la tensión generada por los excesos de ruido, alteración del ritmo cardiaco, de la respiración entre otros, por lo que es primordial realizar una correcta vigilancia de la salud indicando la exposición a este riesgo.

Y ahora que hemos recordado sus efectos, ¿comenzamos a protegernos?

Autor

Noelia Robles reyes – Técnico superior PRL en MetaContratas

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