Riesgo eléctrico RD 614/2001 (I)

riesgoElectrico

INTRODUCCION

El Real Decreto 614/2001 regula las condiciones de trabajo que se deben cumplir para la protección de los trabajadores frente al riesgo eléctrico en los lugares de trabajo.

Las definiciones que cito a continuación pertenecen a la Guía Técnica del INSHT, la cual se refiere a dicho real decreto, aunque hay que considerar que este pertenece a la reglamentación general sobre seguridad y salud en el trabajo, constituida principalmente por la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y por el Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, legislación la cual tiene también que tener en cuenta el empresario.

PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

Todo trabajo realizado en una instalación eléctrica se ejecutará sin tensión exceptuando:

  1. Las operaciones básicas tales como conectar y desconectar, en instalaciones de baja tensión con material eléctrico concebido para su utilización inmediata y sin riesgos por parte del público en general.Estas operaciones deberán realizarse por el procedimiento normal indicado en el manual de instrucciones del fabricante, siempre y cuando se verifique el buen estado del material manipulado.
  2. Los trabajos en instalaciones con tensiones de seguridad, siempre y cuando las intensidades de un posible cortocircuito no supongan riesgos de quemadura.
  3. Las maniobras, mediciones, ensayos o pruebas de tensión y verificaciones que sea necesario realizar, como por ejemplo la apertura y cierre de interruptores o seccionadores, la medición de una intensidad, la realización de ensayos de aislamiento eléctrico, o la comprobación de la concordancia de fases.
  4. Los trabajos en proximidad de instalaciones cuyas condiciones de explotación así lo requieran. Estos trabajos se llevarán a cabo según lo dispuesto en el anexo V o anexo III de la Guía Técnica del INSHT, o bien se considerarán como trabajos en tensión y se aplicarán las disposiciones referidas a este tipo de trabajos.

DIFERENCIA ENTRE ALTA Y BAJA TENSIÓN

Dentro de los trabajos con tensión, diferenciamos entre alta y baja tensión.

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DIFERENCIA ENTRE TRABAJADOR AUTORIZADO Y TRABAJADOR CUALIFICADO

Según el Anexo I del RD 614/2001, el trabajador autorizado es aquel que ha sido autorizado por el empresario para realizar determinados trabajos con riesgo eléctrico. Además de poseer formación (teórica y práctica) que le capacite para los trabajos que va a realizar, e información, debe poseer autorización por escrito. Debe estar presente en cualquier trabajo que conlleve riesgo eléctrico.

Por otro lado, un trabajador cualificado es aquel trabajador autorizado, que además posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o a su experiencia certificada de dos o más años. En dicho certificado se debe indicar el tipo concreto de instalación o instalaciones en las que el trabajador poseo experiencia.

BIBLIOGRAFIA

Guía Técnica INSHT para la evaluación y prevención del riesgo eléctrico del 2014.

RD 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

– Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Real Decreto 842/2002).

– Reglamento Electrotécnico para Alta Tensión (Real Decreto 223/2008).

¿Necesitas más info? :  GUIA definitiva sobre documentos para la Coordinación de Actividades Empresariales

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foto_sonia2Sonia García Romero.
Ingeniera Civil, Técnica de Prevención de Riesgos, Formadora.
Tfno.: 639.454.354
Email: sgarcia040675@hotmail.com

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